Daecpu conmemora este 3 de diciembre de 2022 un nuevo Día Nacional del Candombe, la Cultura Afrouruguaya y la Equidad Racial, conforme a lo establecido por la Ley 18.059, promulgada en noviembre de 2006.
En ese marco, saludamos a instituciones y personas que día a día trabajan por la reafirmación de la cultura afrouruguaya y los derechos humanos.
La conmemoración del 3 de diciembre toma como fecha el desalojo del conventillo del Medio Mundo en el año 1978, uno de los acontecimientos más dolorosos sufridos por la comunidad mencionada, cuyos efectos siguen presentes hasta nuestros días.
En el mismo sentido, nuestra institución declara su profundo interés por la profundización y visibilización de políticas públicas y de organizaciones particulares tendientes a la equidad racial y a la promoción de la cultura, en su máximo alcance y dimensión.
Por tal motivo, Daecpu llama a todas las uruguayas y uruguayos a la reflexión y al compromiso por la construcción una sociedad más justa, con igualdad de oportunidades y libre de discriminación y violencia.

Ley 18.059
Artículo 1
Declárase el 3 de diciembre "Día nacional del candombe, la cultura afrouruguaya y la equidad racial".
Artículo 2
Su celebración anual será el marco para la valoración y difusión de la expresión cultural denominada candombe, de la contribución de la población afrodescendiente a la construcción nacional, y de su aporte a la conformación de la identidad cultural de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3
Se considera de interés nacional la realización de actividades, acciones educativas y campañas de comunicación que contribuyan a dicho fin, promuevan el combate al racismo y la equidad racial, entendida como garantía de igualdad de oportunidades y goce efectivo de derechos para todos los ciudadanos, con la consiguiente superación de las inequidades que afectan a los afrodescendientes.
Artículo 4
El Estado propenderá a la realización de tales fines mediante el desarrollo de políticas públicas destinadas al cumplimiento de los principios establecidos por esta ley.
Artículo 5
Declárase patrimonio cultural de la República Oriental del Uruguay el candombe, caracterizado por el toque de los tambores denominados chico, repique y piano, su danza y canto, creado por los afrouruguayos a partir del legado ancestral africano, sus orígenes rituales y su contexto social como comunidad.

